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Revoca Trife redistritación electoral en Sonora

Etnia Cucapáh de San Luis Río Colorado logra una victoria histórica.

 

 

Humberto Melgoza Vega

 

La revocación de la redistritación en Sonora ordenada por el Tribunal Federal Electoral es una victoria para la etnia Cucapáh que está haciendo valer sus derechos que no habían sido considerados por el Instituto Nacional Electoral (INE).

La denuncia, interpuesta por Alfonso Tambo Ceceña, llevada por el abogado especialista en asuntos electorales Octavio Mora Caro, implica que quede sin efecto la redistritación de los Distritos 1 y 2 locales.

En sesión celebrada en la noche del Miércoles 22 de febrero de 2017, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TRIFE), con sede en la Ciudad de México, resolvió el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano número SUP-JDC-1959/2016, promovido por el regidor étnico Alfonso Tambo Ceceña, quien a nombre propio y de la etnia Cucapáh impugnó la redistritación de los distritos locales en Sonora realizada por el Instituto Nacional Electoral, contenida en el Acuerdo número INE/CG691/2016.

Por unanimidad de votos los magistrados electorales federales concedieron la razón al regidor Tambo Ceceña y revocaron el acuerdo impugnado, ordenando al Instituto Nacional Electoral que se restablezcan los límites territoriales del Distrito Local 01 como estaban anteriormente.

En entrevista realizada al licenciado Octavio Mora Caro, abogado del regidor étnico, experto en materia electoral y quien se encargó de la defensa legal del caso ante el TRIFE, manifestó que el INE sin fundamento ni sustento redistritó el territorio de San Luis Río Colorado, sin tomar la opinión de la etnia Cucapáh, como tampoco de los residentes de esta ciudad, y sin motivo alguno cambió 59 seccionales del distrito 01 con ese en esta Ciudad al distrito 02 con sede en Puerto Peñasco, Sonora.

Lo anterior fue considerado violatorio de los derechos humanos de la etnia Cucapáh, previstos en la Constitución Federal y en Tratados internacionales, revocándose el acto reclamado y ordenándose al INE que vuelva a redistritar, o en su caso, dejar los distritos locales como estaban en la pasada elección de 2015.

Esta decisión del TRIFE es trascendental porque se deben respetar por cualquier autoridad los derechos humanos de todos los mexicanos, particularmente de las etnias y comunidades indígenas, asentó el litigante.

“Siendo la sentencia derivada de este juicio electoral, un regalo de los pobladores originarios de tiempos ancestrales a los habitantes de este Municipio con motivo del centenario de su creación que celebramos este año, porque no debe olvidarse que antes que se fundara esta comunidad, ya la habitaban la etnia Cucapah y los sanluisinos debemos estar agradecidos con nuestros ancestros”, asentó.

“Esta resolución es trascendente porque obliga a respetar los derechos humanos de la etnia Cucapáh, que defendían los derechos de todos nosotros en materia electoral al impugnar la redistritación. Cuando se hizo la consulta por el INE el año pasado, la etnia manifestó que querían seguir perteneciendo al Distrito 1, con cabecera en San Luis Río Colorado, esa petición no la tomó en cuenta el INE al redistritar Sonora y arbitrariamente pasan a la etnia Cucapáh, que era el seccional 736 y otros seccionales de San Luis, al Distrito 2.

“Hacían más grande el distrito 2, pero conformado con mayoría de San Luis y Puerto Peñasco, mientras que el Distrito 1 se achica y se conforma por menos seccionales electorales tomando en cuenta que en la elección de 2015 el Distrito 1 abarcaba hasta Luis B. Sánchez y Riíto y parte de la mancha urbana junto con el Golfo de Santa Clara, mientras que Puerto Peñasco y Sonoyta conformaban el Distrito 2; se ordena al INE que tome en cuenta tratados internacionales lo que la etnia Cucapáh pidió desde el año pasado.

“Con esta sentencia todo vuelve a como estaba en la elección de 2015 y el INE tiene que acatar el fallo, la sentencia es muy clara, se deben respetar los derechos de los grupos indígenas”, estableció. @

 

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