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Usar mota de manera recreativa, un derecho constitucional: SCJN

En un avance más en el sentido de la despenalización de la mariguana en México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación acordó que el estado no puede prohibir lo que cada quien se mete al cuerpo, porque es parte del desarrollo de la personalidad, pero sí regular su producción y venta. La pelota regresa a la cancha de los diputados.

Manuel Cuen y Carina Arguilez

SAN LUIS RÍO COLORADO.- Ocho de los once magistrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), votaron esta semana por anular cinco artículos de la Ley General de Salud que impedían el consumo lúdico de la marihuana.

Festejo pacheco.

Se trata de los artículos 235, 237, 245, 247 y 248.

El tema había llegado a la Cámara de Diputados el 10 de marzo de 2021 a través de una propuesta de Morena. La propuesta implicaba regular el uso y sus derivados, normar su producción y comercialización.

La propuesta también contemplaba prohibiciones y sanciones y permite la investigación como sustancia medicinal por sus efectos antinflamatorios, analgésicos, protector y reparador del sistema nervioso.

En la discusión de la Cámara de Diputados se dijeron muchas cosas, que si el país se convertiría en un gran productor de marihuana, que sí qué pasaría con nuestros niños y el humo de segunda mano.

El caso es que las afectaciones por la lucha contra las drogas tiene muchas más afectaciones que las que podría tener su uso en los consumidores lúdicos.

El pasado 30 de abril venció por tercera vez el plazo que la Corte había puesto al Congreso para que regulara el consumo lúdico de marihuana en el país, pero los legisladores no alcanzaron ningún acuerdo para legalizarlo.

La resolución de la Corte, NO despenaliza la marihuana. Es decir, no se permite comprar, comercializar, distribuir o regalar marihuana.

Tampoco autoriza el consumo de otros estupefacientes y psicotrópicos. La Corte tampoco se pronunció sobre la despenalización de la marihuana.

Sí autoriza el consumo personal de marihuana con fines lúdicos y recreativos, solo para quien tramite un juicio de amparo.

Pero los mexicanos sí podrán solicitar permisos para consumir y portar  marihuana a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), organismo de la Secretaría de Salud.

Toque y rol

Semanario CONTRADSEÑA recogió algunas opiniones entre los lectores sobre la reciente resolución de la Corte a la pregunta directa ¿Será verdad que el país no está preparado para la legalización de la marihuana?

Y las opiniones empezaron a llover en nuestro Facebook como por arte de magia:

Lázaro Fierro: los políticos no están preparados para dejar de percibir lo que les toca del trasiego de las drogas. Sería mucho más eficaz que se despenalizaran todas las drogas y con el dinero que ahora se destina a «combatirlas», que se eduque a los niños desde el kínder para evitar que caigan.

Adán Romero: ¿Cuándo él país ha estado preparando para algo? No lo estuvo cuando la 4T obtuvo el triunfo y ver lo beneficios que aun así, lo siguen cuestionando.

Eleniux Vega: no estuvo nunca preparado para una pandemia, ni para la educación en línea y venos aquí, creo que esos son asuntos de salud pública más importantes dejar de estigmatizar derechos, ya necesitamos también aborto legal en Sonora, porque muchas niñas mueren así y eso no preocupa tanto como un tabú hacia la medicina, eso es más relevante.

Miguel Carranza: depende de la situación específica y del control. Si bien la mariguana ha demostrado tener efectos positivos en algunas enfermedades, los beneficios se pueden obtener con los productos que contienen CBD, por otro lado también está comprobado que al igual que el alcohol afecta de manera diferente a cada individuo, mientras a algunos parece no afectarles demasiado otros sufren de una alteración total de la realidad.

La tesis de la SCJN

En la cuarta y última etapas del test de proporcionalidad, corresponde comparar el grado de intervención en el derecho fundamental frente al grado de satisfacción de la finalidad constitucional perseguida.

En este contexto, en el caso de la prohibición absoluta al consumo lúdico de la marihuana contenida en los artículos 235, último párrafo, 237, 245, fracción I, 247, último párrafo, y 248 de la Ley General de Salud, corresponde contrastar la eficacia con la que el “sistema de prohibiciones administrativas” consigue proteger la salud de las personas y el orden público, frente al nivel de afectación que esa misma medida provoca en el contenido prima facie del derecho al libre desarrollo de la personalidad.

Así, en claro contraste con las escasas afectaciones en la salud y el orden público que protege la prohibición aludida, se ubica la intensa afectación al derecho al libre desarrollo de la personalidad que supone dicha medida legislativa. Desde este punto de vista, la afectación al libre desarrollo de la personalidad que comporta este “sistema de prohibiciones administrativas” puede calificarse como muy intensa, pues consiste en una prohibición prácticamente absoluta para consumir la marihuana y realizar las actividades relacionadas con el autoconsumo de ésta, de tal manera que suprime todas las posiciones jurídicas en las que podría ejercerse el derecho.

En tal sentido, la medida analizada no se circunscribe a regular la forma y lugar en que pueden realizarse dichas actividades atendiendo a las finalidades constitucionalmente válidas que efectivamente tienen esos artículos, como podría haberlo hecho el legislador, sino que directamente prohíbe todas esas conductas. Consecuentemente, el “sistema de prohibiciones administrativas” ocasiona una afectación muy intensa al derecho al libre desarrollo de la personalidad en comparación con el grado mínimo de protección a la salud y al orden público que alcanza dicha medida.

De acuerdo a Wikipedia, el estatus legal del consumo de cannabis referido al uso del cannabis como sustancia adictiva, ha sido y es objeto de debate y controversia desde hace décadas en el mundo. Prácticamente todos los países tienen la inauguración de leyes concernientes al cultivo, posesión, venta y consumo de cannabis. Los productos no psicoactivos (por ejemplo, fibra y semillas) son legales en muchos países, y en ellos las autoridades pueden dar licencia para el cultivo orientado a dichos fines. Actualmente existen dispensarios de cannabis donde las personas pueden adquirir o comprar CBD para fines propiamente medicinales. Estos dispensarios están distribuidos en los países o estados en los cuales es legal el consumo del cannabis, por ejemplo en el estado de California en EU. Productos con contenidos elevados de THC, sin embargo, son sustancias controladas en gran parte de los países del mundo, aunque existen excepciones por motivos médicos. Diversas personalidades han solicitado cambios en su regulación, argumentando que las políticas prohibicionistas y policiales frente al tráfico de drogas habrían fracasado.

La OMS
En enero de 2019, la Organización Mundial de la Salud dio a conocer seis recomendaciones relacionadas con el cannabis y su retirada de los tratados de control de drogas de la ONU.

La Comisión de Estupefacientes votó esas propuestas originalmente durante su sesión de marzo de ese mismo año, donde muchos países solicitaron más tiempo para estudiar su respaldo a la retirada del cannabis como narcótico y definir mejor sus posiciones, según distintas noticias de prensa.

Entre sus recomendaciones, la Organización Mundial de la Salud indicó que el cannabidiol (CBD) con un 2% o menos de tetrahidrocannabinol (THC, sustancia adictiva) no debería estar sujeto a controles internacionales.

Los Estados miembros rechazaron esa recomendación por una variedad de razones, entre ellas porque algunos Estados miembros argumentaron que el CDB no está actualmente bajo control internacional y, por lo tanto, no había necesidad de tomar medidas. El CBD ha asumido un papel destacado en las terapias de bienestar en los últimos años y ha provocado una industria de miles de millones de dólares.

Actualmente, más de 50 países han adoptado programas de cannabis medicinal, mientras que Canadá, Uruguay y 15 estados de Estados Unidos han legalizado su uso recreativo. México y Luxemburgo también están estudiando esta posibilidad. @

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